2024-08-20 HaiPress
El Grupo ICE alega que el control de concentración de espectro establecido en el cartel de la licitación 5G carece de sustento legal y técnico.
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Luego de que se diera a conocer el cartel de la subasta 5G,el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) objetó ante la Contraloría General de la República que el pliego de condiciones le impide pujar en el proceso sin un sustento legal ni técnico.
A finales de julio,la Superintendencia de Telecomunicaciones (Sutel) de Costa Rica publicó el pliego de la licitación,el cual contempla que ningún operador podrá participar en el concurso 5G si supera el control de concentración de espectro por rango de frecuencias.
Tipo de banda de frecuenciasTotal de espectro asignado y disponible para IMTControl de asignación de espectro por operadorBandas bajas140 MHz49 MHzBandas medias960 MHz336 MHzBandas milimétricas3250 MHz1137.5 MHz
Para las bandas medias (desde 1 GHz hasta 6 GHz),el cartel establece un tope de 336 MHz por operador. ICE tiene asignados 370 MHz en dicho rango,por lo que supera el control de espectro.
OperadorCantidad de espectro IMT asignado por operador por banda de frecuenciasBanda 850 MHzBanda de 1,800 MHzBanda de 1,900 a 2,100Banda de 2,600Banda de 3,500 MHzGrupo ICE39.44040190100Total Grupo ICE por grupo de banda39.4370Claro—6040——Total Claro por tipo de banda—100Liberty10.65040——Total Liberty por tipo de banda10.690
Sin embargo,la paraestatal no está de acuerdo con las disposiciones de la subasta 5G y argumenta que determinar la concentración de espectro como requisito de admisibilidad carece de sustento legal.
“En el ordenamiento jurídico de las telecomunicaciones,no existe de manera independiente la figura de concentración de espectro,ni se le otorga per se una consecuencia jurídica ex ante ni ex post,mucho menos se establecen como requisito de admisibilidad,elegibilidad,ni adjudicación para una concesión”,señala la empresa en su objeción presentada a la Contraloría.
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Además,Grupo ICE alegó que la fórmula usada para el cálculo de control de concentración “no tiene ningún tipo de sustento ni técnico,ni metodológico,ni tampoco constan en el expediente administrativo los parámetros ni estudios que respalden dichos términos y condiciones”.
La empresa de telecomunicaciones también advirtió que dicho cálculo no se transparentó ni se sometió a una consulta pública,lo cual,a su juicio,implica una “arbitrariedad” y “discrecionalidad técnica”.
Aunque el ICE admitió que,junto con su subsidiaria Racsa,cuenta en total con 370 MHz en las bandas medias,explica a la Contraloría que existen segmentos de espectro que no deben ser considerados como utilizables para el cálculo de concentración de espectro.
La paraestatal recordó que el Ministerio de Ciencia,lnnovación,Tecnología y Telecomunicaciones (Micitt) le revocó 70 MHz de espectro en la banda de 2.6 GHz,y que existen 20 MHz en su asignación en la banda de 2.1 GHz que están interferidos y no pueden ser utilizados.
Por lo tanto,esos 90 MHz no deben ser considerados como parte de la concentración de espectro por parte de ICE.
La compañía consideró que el pliego de la subasta 5G debe ser modificado restando dichas frecuencias,de manera que se contemple que el ICE tiene 280 MHz en el rango medio (370 menos los 90 MHz).
Si bien ICE ahora recurrió a la Contraloría General de la República en busca de que se le permita participar en la subasta 5G de Costa Rica,el gobierno antes ya había excluido a la paraestatal de la puja.
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En octubre del año pasado,el Micitt emitió una resolución en la que revocó los 70 MHz en la banda de 2.6 GHz a ICE,debido a que la compañía incumplió con su obligación de utilizar de manera eficiente el espectro y,por el contrario,lo mantuvo subutilizado.
Como parte de esa misma resolución,el Ministerio prohibió que ICE y su subsidiaria Racsa obtengan nuevas licencias de espectro en un plazo de tres años.
Y a pesar de que el gobierno revocó frecuencias en la banda de 2.6 GHz a ICE,dicha banda no fue incluida en la licitación 5G.
Además de ICE,otros operadores de telecomunicaciones han presentado objeciones al cartel de la subasta. Liberty Costa Rica y Claro también enviaron documentos a la Contraloría.
La Ley General de Contratación Pública permite que las empresas presenten objeciones a convocatoria públicas en un plazo de ocho días hábiles y,en caso de ser necesario,el plazo para recibir ofertas puede extenderse.
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